Como Dar De Alta A Un Trabajador En El Imss?

Como Dar De Alta A Un Trabajador En El Imss
¿Dónde puedo realizar este trámite? En línea: Realiza tu trámite en línea aquí con FIEL. En línea: Realiza tu trámite en línea aquí con CURP. Las 24 hrs del día, los 365 días del año.

¿Cómo dar de alta en el IMSS a un trabajador persona fisica?

Acude personalmente a la Subdelegación que te corresponda de acuerdo con tu domicilio. Entrega toda la documentación requerida para la incorporación del patrón persona física al seguro social. Realiza el pago en la institución bancaria correspondiente.

¿Cuánto cuesta dar de alta a un trabajador en el IMSS 2023?

Continuamente como patrón nos preguntamos el costo que tendrá asegurar a un trabajador en el IMSS con un Salario X, o lo más importante, cuál será la carga social por tener al trabajador asegurado en el IMSS con la finalidad de valorar cuanto resulta el costo del mismo. – De manera sencilla te indicamos como puedes obtener este cálculo:

  • Identificar si el sueldo del trabajador si es Bruto o Neto, ya que el costo de la carga social va en función del Sueldo Bruto que se le pagará al trabajador, esto con la finalidad de poder obtener el Salario Diario (S.D.) del trabajador.
  • Conocer el “puesto” que tendrá en la empresa para determinar la “clase de riesgo” bajo la cual estará cotizando y que tipo de percepciones recibirá.
  • Detallar las prestaciones de ley que se le otorgarán al trabajador, si son las mínimas de ley: 15 días de aguinaldo, 6 días de Vacaciones por el primer año y el 25% de Prima Vacacional, esto con la finalidad de poder obtener su factor de integración para el IMSS, o superiores a la Ley

Una vez identificados los puntos 1,2 y 3 ya podemos conocer el Salario Diario Integrado (S.D.I.) con el cuál será asegurado nuestro trabajador en el IMSS y de esta manera el costo que tendrá que pagar la empresa por el aseguramiento de este empleado Ahora bien, para conocer el costo de tu carga social debes tener presente los siguientes porcentajes de cuota mensual que se te cobraran en el IMSS por asegurar a cada trabajador:

  1. Una Cuota Fija establecida de $608.50 sin importar el salario del trabajador
  2. Un Excedente Patronal para (S.D.I.) superiores a 3 veces el valor de la UMA (96.22)
  3. El 1.75% por concepto de Prestaciones en Dinero y Gastos Médicos Pensionados
  4. El,5% de Riesgo de Trabajo si la prima de tu empresa se encuentra en la mínima de ley
  5. El 2.75% por concepto de Invalidez y Vida, así como Guarderías y Prestaciones Sociales
  6. El 2% por concepto de Retiro
  7. El 3.15% por concepto de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  8. El 5% por concepto de Infonavit

No hay que olvidar que también dentro de la carga social debes considerar un pago del 3% por concepto del Impuesto sobre Nóminas en la Ciudad de México de manera mensual. ¿Quieres conocer el costo por cada empleado? – Descarga gratis nuestra CALCULADORA IMSS en el siguiente enlace: https://greatteam.mx/calculo-imss Artículo por: C.P.

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¿Cómo darse de alta en el Seguro Social en línea?

Para registrar, dar de baja y/o modificar los datos de tu familia o beneficiarios ante el IMSS por internet, necesitarás: registrarte en el Escritorio Virtual, Firma Electrónica Avanzada (FIEL), tu CURP, la CURP de tu beneficiario(a) y un correo electrónico personal.

¿Cómo dar de alta a un trabajador en el IMSS en el escritorio virtual?

Requisitos: Correo electrónico personal, tu CURP, la CURP de tu beneficiarios(as) y Número de Seguridad Social(NSS) de tu(s) familiar(es). Protégete incorporándote al IMSS, ya seas Patrón Persona Física, Trabajador Independiente, Trabajador Independiente del Campo. Recuerda que puedes aplicar a los beneficios RISS*.

¿Cuánto paga un patrón al Seguro Social por un trabajador?

2. Seguro de enfermedades y maternidad – El seguro de enfermedades y maternidad cubre la atención médica, hospitalaria, así como las prestaciones en especie. La cuota fija es del 20% de la UMA mensual y corresponde su pago al patrón. Para realizar los cálculos de prestaciones en dinero, se toma como referencia el salario base de cotización del colaborador, SBC, correspondiendo al trabajador el 0.250% del SBC y al patrón el 0.700% del SBC.

¿Cuánto cobra el IMSS por mes?

Costo del seguro voluntario del IMSS De 0 a 19 años: 6 mil 850 pesos. De 20 a 29 años: 8 mil 500 pesos. De 30 a 39 años: 9 mil 150 pesos. De 40 a 49 años: 10 mil 600 pesos.

¿Cómo saber si en mi trabajo me dieron de alta en el IMSS?

Para saber si estás dado de alta en el IMSS o si tus beneficiarios(as) registrados(as) aún están vigentes, solicita una Constancia de Vigencia de Derechos. Ten a la mano tu CURP, Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico personal.

¿Quién realiza el alta del trabajador en la Seguridad Social?

Información General –

Objeto: El alta, la baja y las variaciones de datos son comunicaciones obligatorias que deben hacerse a la Seguridad Social para informar sobre el comienzo de la actividad laboral de un trabajador, sobre el cese en la misma o sobre las modificaciones de datos identificativos y laborales de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social.
Sujetos: Está obligado el empresario a solicitar el alta, la baja y a comunicar las variaciones de datos de todos sus trabajadores. Esta obligación la puede asumir, de mutuo acuerdo, el trabajador que realice una actividad laboral inferior a 60 horas al mes por empleador.
Impresos:

Alta y Variación de datos: Modelo TA2/S. en el Sistema Especial para Empleados de Hogar Modelo TA2/S-0138 Baja: Modelo TA2/S y Modelo TA2/S-Simplificado, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar Modelo TA2/S-0138

Dónde tramitarlo:

A través del Sistema RED y Sede electrónica,

Plazos: Solicitud del Alta:

Previo al inicio de la relación laboral hasta 60 días antes.

Solicitud de la Baja:

3 días naturales desde el cese de la actividad laboral.

Variación de datos:

3 días naturales.

Efectos: Alta:

Las altas presentadas con carácter previo surten efectos a partir del día en que se inicie la actividad. Las altas presentadas fuera de plazo tendrán efectos desde el día en que se presente la solicitud, salvo que el ingreso de las cuotas se hubiera producido en el plazo reglamentario, en cuyo caso el alta retrotraerá sus efectos a la fecha en que se hayan ingresado las primeras cuotas correspondientes al trabajador de que se trate. Las altas realizadas de oficio retrotraerán sus efectos a la fecha en que los hechos que las motiven hayan sido conocidos.

Baja:

La baja del trabajador producirá efectos desde el cese en la prestación de los servicios. La solicitud de baja del trabajador extinguirá la obligación de cotizar desde el cese en el trabajo. Si la baja se solicita fuera de plazo la obligación de cotizar se extingue el día en que la Tesorería General de la Seguridad Social conozca el cese en el trabajo. Cuando la Tesorería General de la Seguridad Social curse la baja de oficio, la obligación de cotizar se extinguirá desde el mismo día en que se haya llevado a cabo la actuación inspectora, o se hayan recibido los datos o documentos que acrediten el cese en el trabajo.

Otros datos de interés: Los empresarios están obligados a comunicar el alta, la baja o la variación de datos de los trabajadores que presten servicios en su empresa. En caso de no hacerlo podrá hacerlo el trabajador directamente en la Tesorería General de la Seguridad Social. Las altas, bajas o variaciones de datos podrán realizar por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social y Administración de la provincia cuando no lo hayan efectuado ni la empresa ni el trabajador.

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¿Quién me puede dar de alta en la Seguridad Social?

¿Quién puede solicitarlo? Podrá solicitar el Número de la Seguridad Social todo ciudadano o trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia que no dispusiese del mismo. El empresario, deberá solicitar el Número de Seguridad Social de la persona que va a contratar si éste no lo tuviese.

¿Quién tiene que dar de alta en la Seguridad Social?

Toda persona que vaya a iniciar una actividad laboral determinante de su inclusión en un régimen del Sistema de la Seguridad Social deberá solicitar un número de afiliación. La afiliación presenta las siguientes características: Es obligatoria para las personas incluidas en el Sistema a efectos de derechos y obligaciones en su modalidad contributiva.

Es única y general para todos los Regímenes del Sistema. Se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el Sistema. Es exclusiva. La solicitud de Afiliación se formula en el modelo TA.1 “Solicitud de Afiliación/Número de Seguridad Social”, Si dispone de un certificado digital puede tramtiar la solicitud directamente accediendo al servicio Asignación de número de Seguridad Social de la Sede Electrónica.

La Tesorería General de la Seguridad Social asignará un Número de Seguridad Social a cada ciudadano para la identificación del mismo en sus relaciones con la misma. Asimismo se asignará a los beneficiarios de pensiones u otras prestaciones del Sistema.

El Número de la Seguridad Social presenta las siguientes características: Es obligatorio para todo ciudadano con carácter previo a la solicitud de afiliación y alta en algún régimen de Seguridad Social. Es obligatorio cuando se trate de beneficiarios de pensiones u otras prestaciones del Sistema. Se hará constar en Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social en la que figurarán su nombre, apellidos y el DNI.

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Para los afiliados coincide con su propio número de afiliación. La solicitud de Número de Seguridad Social se formula en el modelo TA.1 “Solicitud de Afiliación/Número de Seguridad Social”,

¿Quién debe pagar el IMSS el patrón o el trabajador?

La cuotas IMSS e Infonavit, también conocidas como cuotas obrero-patronales, son el total de aportaciones que deben hacerse en el ámbito de seguridad social para los trabajadores de una empresa. Como su título anuncia, las cuotas obrero-patronales son pagadas tanto por el trabajador como el patrón en conjunto, donde cada uno tiene establecidos los porcentajes de su aportación según la ley.

¿Quién paga el IMSS el patrón o el empleado?

¿Quién paga las cuotas obrero patronales? – El aporte realizado al IMSS se suele denominar cuotas obrero patronales, Esto se debe a que el monto total a aportar se divide en dos partes desiguales. El porcentaje mayor es abonado por el patrón, y el porcentaje menor, por su empleado. El que aporta el empleado aparece como un descuento en su nómina con el concepto de Seguro Social.

¿Cuál es el costo de asegurar a un trabajador?

El costo anual del seguro es de $15,539.12, vigente a partir del 1° de febrero de 2023. Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados (modalidad 44), podrán realizar el pago de forma bimestral o anual.

¿Cómo entrar al IDSE con la firma electrónica de SAT?

Si deseas ingresar a IDSE utilizando los archivos de tu certificado digital e. firma del SAT, en el campo de Usuario deberás capturar el RFC de la empresa que representas y de la cual deseas enviar movimientos. Si deseas enviar movimientos de tus propios registros patronales, favor de capturar tu propio RFC.

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