Para Que Sirve El Rfc?

Para Que Sirve El Rfc
El RFC o Registro Federal de Contribuyentes es una clave única de registro que sirve para identificar a toda aquella persona que realiza una actividad económica y deba contribuir con el gasto público ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria).

¿Dónde se utiliza el RFC?

Cuando obtienes tu RFC puedes emplearlo para realizar diversos trámites como: Pagar impuestos y obligaciones fiscales. Para abrir alguna cuenta bancaria u obtener tarjetas de crédito. Programas de seguridad social.

¿Por que todos debemos tener RFC?

Se asegura su identidad fiscal. Pueden realizar trámites y servicios comprobando su identidad digitalmente. El SAT protege sus datos y se combate la corrupción al prevenir el robo de identidad.

¿Cuándo se debe sacar el RFC?

Realiza tu inscripción en el RFC persona física. Personas Físicas a partir de los 18 años. Dentro del mes siguiente al día en que tengas la obligación de inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes aún y cuando no tengas obligaciones fiscales, o que debas presentar declaraciones periódicas, de pago o informativas; propias, por cuenta de terceros o expedir comprobantes fiscales por las actividades que realices.

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22 y 26.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.4.4., 2.4.11.
  • Código Federal de Procedimientos Civiles, artículo 297.
  1. Da clic en el botón INICIAR de la página.
  2. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Inscripción al RFC.
  3. Envía tu trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado.
  4. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  5. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  6. Recibe solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.
  • Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de Personas Físicas menores de edad a partir de los 16 años” del anexo 1-A de la RMF, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).
  • Si una vez concluido el trámite de inscripción, requieres tramitar tu e.firma, deberás traer una unidad de memoria extraíble (USB) y además cumplir con los requisitos previstos en la ficha de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del certificado de e.firma” del anexo 1-A de la RMF.
  1. Solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes que contiene cédula de identificación fiscal y código de barras bidimensional (QR).
  3. Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al Registro Federal de Contribuyentes, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite.
  4. Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

• Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Esta solicitud la presenta el propio contribuyente con mayoría de edad cumplida. • Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT.

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 26. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. • Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Esta solicitud la presentan los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela del menor.

El SAT para principiantes / ¿Qué es un impuesto? ¿Qué es el RFC? ¿debo de pagar impuestos?

• Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años”, de este Anexo, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).

Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

• Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11. Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT. Condiciones: Llenar el formulario electrónico de preinscripción, en caso de que inicies el trámite a través del Portal del SAT.

  1. Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  2. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22.
  3. Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11.
  4. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  5. Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), artículo 170.

• Reglamento de la Ley del ISR, artículo 293. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.18.31. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT.

Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. Se presenta cuando te encuentres en cualquiera de los siguientes supuestos: • En el caso de personas que enajenen bienes, al momento de consignar la operación en escritura pública ante Fedatario Público.

• En el caso del representante legal, socios, accionistas o asociados al momento de constituir legalmente una persona moral ante Fedatario Público. • Código Fiscal de la Federación, artículos 27 y 31. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28.

  1. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia, con cita previa.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite
  3. Recibe tu solicitud y acuse único de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de Personas Físicas menores de edad a partir de los 16 años” del anexo 1-A de la RMF, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).
  • Si una vez concluido el trámite de inscripción, requieres tramitar tu e.firma, deberás traer una unidad de memoria extraíble (USB) y además cumplir con los requisitos previstos en la ficha de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del certificado de e.firma” del anexo 1-A de la RMF.
  1. Solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Acuse único de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes que contiene cédula de identificación fiscal y código de barras bidimensional (QR).
  3. Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización al Registro Federal de Contribuyentes, que contiene el motivo por el cual no se concluyó el trámite.
  4. Acuse de preinscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • En las oficinas del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  • En el caso de representantes legales, socios o accionistas de personas morales y enajenantes de bienes inmuebles, ante cualquier fedatario público incorporado al “Esquema de Inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos”.
  • La duración máxima del trámite es de 40 minutos.
  • Con cita, la espera máxima es de 5 minutos.

• Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Esta solicitud la presenta el propio contribuyente con mayoría de edad cumplida. • Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT.

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 26.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11.
  • Contar con CURP o en su caso: • Carta de naturalización expedida por autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización (certificada o legalizada según corresponda), o • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contrato de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas. Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente. Cédula de empadronamiento de mercados públicos expedida a nombre del contribuyente, acompañada del formato de pago de derechos más reciente, el cual deberá exhibirse pagado.

• Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).

• Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (original).

• Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original). • Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX. • Esta solicitud la presentan los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela del menor.

Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha de trámite 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años”, de este Anexo, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).

• Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. • Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil (copia certificada) u obtenida en el Portal www.gob.mx/actas (formato único) o Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original).

Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela del menor, en caso de que así proceda. (copia certificada). • Manifestación por escrito de conformidad de la madre y el padre para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias simples de sus identificaciones oficiales vigentes como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). • Identificación oficial vigente de los padres o tutores que funjan como representantes del menor, como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

  1. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  2. Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario público (original o copia certificada).
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• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

  • En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
  • Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

  • Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original).
  • Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22.

• Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11. • Contar con CURP o Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original) • Manifestación por escrito ante la ADSC, firmada por el menor, en la que señale bajo protesta de decir verdad su voluntad de inscribirse en el RFC con la finalidad de realizar exclusivamente un servicio personal subordinado y que no tendrá actividad distinta hasta cumplir 18 años (original).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.

  • Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
  • Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

• Identificación oficial vigente, como: Pasaporte, permiso para conducir o credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación.

En el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimientos de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación vigente. Tratándose de extranjeros podrán presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).

(Original). Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT. Condiciones: Llenar el formulario electrónico de preinscripción, en caso de que inicies el trámite a través del Portal del SAT. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27.

  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla, 2.4.11.
  • Contar con CURP • Carta de naturalización expedida por autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización (certificada o legalizada según corresponda) • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

• Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas. Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente. • Resolución judicial definitiva, en la cual se declare la incapacidad de la persona física y conste la designación del tutor o representación legal (original).

• Identificación oficial vigente del tutor o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

  1. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  2. Original).
  3. Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original).
  4. Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.

• Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), artículo 170. • Reglamento de la Ley del ISR, artículo 293. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.18.31. Contar con CURP. • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

Manifestación por escrito en la que solicite su inscripción en el RFC como retenedor de personas físicas o morales residentes en el extranjero a las cuales efectúa pagos por actividades artísticas en territorio nacional distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados. (original y copia fotostática para acuse).

• Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

  • Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  • Original).
  • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.

Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales. Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente.

Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses. Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses. Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de inscripción en el RFC de personas morales extranjeras, podrán presentar la Autorización de Oficina de Representación o Toma de Nota de Domicilio, expedidas por la Secretaría de Economía, siempre que éstas contengan la información del domicilio en donde se llevarán a cabo las actividades económicas.

Este documento deberá ser expedido a nombre de la persona moral. • Poder notarial en caso de representación legal con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).

• Documento notarial con el que se haya designado al representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada). Se presenta en cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.

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Puedes iniciarlo por internet y concluirlo en cualquier oficina del SAT. • Código Fiscal de la Federación, artículo 27. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.11. • Contar con CURP. • Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población, en caso de menores de edad que no cuenten con CURP (original).

• Carta de naturalización expedida por autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización (certificada o legalizada según corresponda). • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).

• Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). (Original). • Comprobante de domicilio (original) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

  • Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados.
  • Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

  1. En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
  2. Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  • Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente. • Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).

• Acuse de preinscripción, si iniciaste el trámite a través del portal del SAT (original). • Documento con que se acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones (original). Se presenta cuando te encuentres en cualquiera de los siguientes supuestos: • En el caso de personas que enajenen bienes, al momento de consignar la operación en escritura pública ante Fedatario Público.

En el caso del representante legal, socios, accionistas o asociados al momento de constituir legalmente una persona moral ante Fedatario Público. • Código Fiscal de la Federación, artículos 27 y 31. • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 22, 23 y 28. • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.4.5 y 2.4.14.

Transitorio Décimo Segundo. • Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, como: credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte vigente, cédula profesional vigente, licencia de conducir vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

  • Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  • Original y copia simple para cotejo).
  • Poder notarial que acredite la personalidad el representante legal.
  • Esto en los casos en donde la personalidad no se acredite en la propia acta o documento constitutivo.

(copia certificada y copia simple para cotejo) • Comprobante de domicilio (original y copia simple para cotejo) como: Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiba pagado Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente o de un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiba pagado.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente o un tercero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se exhiban pagados. Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Contratos de: Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.

  1. En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
  2. Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente. Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses. Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.

  1. Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
  2. Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.

  1. En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente.
  2. Contar con CURP.
  3. Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de mexicanos por naturalización.

• Documento migratorio vigente que corresponda emitido por autoridad competente, tratándose de extranjeros (original o copia certificada). : Realiza tu inscripción en el RFC persona física.

¿Quién puede sacar mi RFC?

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas. Quiénes lo presentan Personas físicas a partir de 18 años de edad cumplidos. Dónde se presenta

  • En el Portal del SAT.
  • En una Oficina del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  • En las oficinas de la Entidad Federativa que corresponda a tu domicilio, si optas por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Qué documentos se obtienen

  • Solicitud de inscripción en el RFC.
  • Acuse único de Inscripción en el RFC que contiene la cédula de identificación fiscal y el código de barras bidimensional (QR).
  • Acuse de preinscripción en el RFC.
  • Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC, que contiene el motivo por el cual no se terminó el trámite.

Cuándo se presenta Dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones periódicas, de pago o informativas propias o por cuenta de terceros o cuando exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen. Requisitos En el Portal del SAT:

No se requiere presentar documentación.

En la oficina del SAT y en la Entidad Federativa:

  • Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP) o:
    • Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original), en caso de menores de edad que no cuenten con CURP;
    • Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de mexicanos por naturalización (original o copia certificada); o
    • Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).
  • Comprobante de domicilio fiscal, cualquiera de los señalados en el inciso B) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (copia certificada).
  • Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Acuse de preinscripción en el RFC, si iniciaste el trámite por el Portal del SAT (original).

Requisitos adicionales para quienes se encuentren en los siguientes casos:

    a) Residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México.

    • Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales (original).
    • Documento con el que acrediten su número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente).

    b) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y exposiciones.

    Documento con el que se acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones (original).

    c) Menores de edad. Los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, deben presentar:

    • Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil, Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original).
    • Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en caso de patria potestad o tutela (copia certificada).
    • Manifestación por escrito de conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias simples de sus identificaciones oficiales vigentes, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
    • Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del ​apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites, del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor (original para cotejo).
    • Poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público (copia simple y copia certificada para cotejo).

    d) Personas con incapacidad legal, judicialmente declarada.

    • Contar con resolución judicial definitiva, en la cual se declare la incapacidad de la persona física y conste la designación del tutor o representante legal (original).
    • Identificación oficial vigente del tutor o representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
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Condiciones

  • Llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el Portal del SAT, proporcionando los datos solicitados.
  • El contribuyente, su representante o apoderado legal deberá responder las preguntas que le realice la autoridad, relacionadas con la identidad, domicilio y en general sobre la situación fiscal de la persona física a inscribir.

Información adicional

  • Si no cuentas con CURP, puedes realizar tu preinscripción en el Portal del SAT y concluirla en cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente con cita, presentando la documentación respectiva, dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud, acreditando tu identidad mediante copia certificada del acta de nacimiento.
  • Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de persona física menores de edad a partir de los 16 años”, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).

Pasos para realizar el trámite En el Portal del SAT

  1. Ingresa a la sección Trámites y de la barra superior elige la opción RFC.
  2. Del apartado Preinscripción, selecciona la opción personas físicas.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Inscripción al RFC.
  4. Envía tú trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado.
  5. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  6. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  7. Recibe solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.

Atención presencial

  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tú preferencia.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe tu solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.

Disposiciones jurídicas aplicables Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación; artículos 22, 26 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.4.2., 2.4.6., 2.4.15., de la Resolución Miscelánea Fiscal.

¿Qué desventajas tiene el RFC?

¿Debo darme de alta en el RFC? Estas son las ventajas y desventajas Para las empresas y asociaciones civiles, la inscripción al RFC es uno de los pasos indispensables para la formalidad. Esto supone algunas ventajas, como acceder a créditos, emitir facturas a los clientes, recibir facturas de los proveedores, realizar transferencias electrónicas y, sobre todo, estar en regla frente a las autoridades fiscales.

En conjunto, estas ventajas harán crecer un negocio. Además, cuando se cumplen con las obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria también tiene mecanismos para reembolsar impuestos, en caso de que sea aplicable. En el caso de las personas físicas, cumplir con el pago de impuestos y darse de alta en el RFC permite tener acceso a seguros, servicios médicos, Afore (Administradora de Fondos para el Retiro), acceso a programas sociales como guarderías, seguros de desempleo, créditos de vivienda vía Infonavit, entre otras ventajas.

Además, los contribuyentes que registran sus gastos (vía factura) e ingresos pueden deducir impuestos de acuerdo con lo que marca la ley. Por ejemplo, los profesionistas que trabajan de manera independiente pueden deducir impuestos al reportar los gastos indispensables para la realización de sus actividades económicas.

Entre los posibles inconvenientes que las personas pueden encontrar al inscribirse al RFC está la necesidad de llevar un registro de los gastos e ingresos para cumplir, en tiempo y forma, con las obligaciones. Esto conlleva, en algunos casos, la necesidad de contratar los servicios de un contador. No obstante, para las personas asalariadas, esto no implica ningún problema, pues la retención de los impuestos es realizada por el patrón.

Pero hay que poner atención, porque cuando una persona tiene dos o más patrones a lo largo del año entonces tiene la obligación de realizar la declaración anual. Para generar el registro al RFC como persona física, hay que tener a la mano la Clave Única de Registro de Población (CURP), ser ciudadano mexicano y mayor de 18 años.

¿Cuál es el costo del RFC?

Declaración anual SAT 2022 | ¿Cómo sacar mi RFC por primera vez y dónde pedir cita previa? El Registro Federal de Contribuyentes es una clave alfanumérica para todas las personas que tienen una actividad económica, ya que le sirve a las autoridades para tener un registro acerca de quiénes están obligados a pagar impuestos.

¿Qué pasa si te das de alta en el SAT?

Una vez que te das de alta en el SAT (Sistema de Administración Tributaria) te vuelves un contribuyente activo. Y de acuerdo al tipo de régimen en el que te hayas inscrito, eres acreedor de una serie de obligaciones y derechos que debes cumplir.

¿Qué pasa si estoy sin obligaciones fiscales?

Mónica Ordóñez – Coordinadora de Contenidos en Kelly México, con más de 10 años de experiencia en la generación de contenidos y diseño editorial, egresada de la carrera de Diseño y Comunicación Visual de la Facultad de Artes y Diseño de la Universidad Nacional Autónoma de México.

mayo 26, 2022 Publicado en: Vida laboral, Tendencias en el lugar de trabajo, Noticias Kelly La Constancia de Situación Fiscal es el documento con el tú y cualquier contribuyente puede conocer el régimen fiscal con el que está inscrito ante el SAT, contiene tus datos de identidad, domicilio y características fiscales.

¿Sabes por qué te la piden en tu empresa? El pasado 31 de diciembre de 2021, la autoridad dio a conocer la nueva versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que entrará en vigor el 1º de enero de 2023 y con ello presentó los requisitos indispensables para la emisión del CFDI de nómina, que tal vez conozcas como recibo de nómina.

  1. Es requisito obligatorio del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los patrones, que validen los datos del nombre y código postal (domicilio fiscal) de los trabajadores, en función de cómo se encuentren inscritos en el registro federal de contribuyentes.
  2. ¿Por qué mi empresa me pide mi Constancia de Situación Fiscal? Al ser una obligación para los empleadores, es muy importante para tu empresa mantener actualizados tus datos en su sistema de nómina para poder emitir de forma periódica tus comprobantes de ingresos, es decir, el CFDI de nómina.

Esta es la razón por la que en muchas empresas están solicitando la Constancia de Situación Fiscal a sus colaboradores, para asegurarse de que los datos coincidan con los que se deben capturar en la nueva versión 4.0 del CFDI, ya que en caso de haber discrepancias, tu empresa podría hacerse acreedora a una sanción (de $17,020 a $97,330 pesos mexicanos por cada CFDI no emitido).

  • Además, esto podría ocasionar problemas con la nómina.
  • Si tus CFDI de nómina no se emiten con tus datos fiscales correctos, es decir, no coinciden con la información del SAT, no podrán timbrarse ni serán deducibles.
  • ¿Es obligatorio que entregue mi Constancia de Situación Fiscal a mi empresa? El SAT indica que NO es obligatorio para los trabajadores entregar su Constancia de Situación Fiscal a sus empresas, sin embargo, esta misma autoridad recomienda proporcionarla para que haya una correcta validación de datos y así puedas cobrar tu salario sin ningún contratiempo.

Algunos empleadores han notado que al solicitar la Constancia de Situación Fiscal a sus colaboradores, puede haber una confusión entre esta y la Cédula de Identificación Fiscal. Por lo tanto es importante no confundirlas, recuerda que la Constancia de Situación Fiscal contiene tus datos de identidad, domicilio y tus características fiscales, como RFC, régimen fiscal y obligaciones fiscales,

Mientras que la Cédula de Identificación Fiscal únicamente contiene tu RFC. ¿Cómo puedo obtener mi Constancia de Situación Fiscal? Para obtener tu Constancia de Situación Fiscal, puedes realizar el trámite de manera directa en cualquier momento, a través del portal del SAT en: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/53027/genera-tu-constancia-de-situacion-fiscal,

Si tienes dudas de cómo obtenerla puedes consultar el tutorial en el canal de YouTube del SAT en el siguiente enlace: https://youtu.be/M-pDFpwmejY, Es importante que sepas que para obtener tu Constancia de Situación Fiscal en el portal del SAT, requieres contar con tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu contraseña o e.firma.

¿Qué pasa si no tengo mi contraseña ni mi e.firma? Si este es tu caso, ¡no te preocupes! El SAT brinda la facilidad de generar tu contraseña en línea a través de la aplicación SAT ID, sin necesidad de que tengas que acudir a una oficina a solicitarla, así podrás realizar este y otros trámites directamente en el portal del SAT.

Para ello deberás descargar la aplicación SAT ID en tu dispositivo móvil o ingresar a https://satid.sat.gob.mx desde tu laptop o computadora de escritorio, solo toma en cuenta que este sitio solo es visible y funciona con los navegadores Chrome o Firefox.

  • En el siguiente enlace te explican paso a paso cómo generar tu contraseña en esta aplicación: https://www.sat.gob.mx/tramites/28486/solicitud-de-generacion-o-actualizacion-de-contrasena-a-traves-de-sat-id,
  • Anteriormente, también se podía solicitar la Constancia de Situación Fiscal a través de la aplicación de SAT ID, pero recientemente la dependencia deshabilitó esta opción para enfocarse en la generación o renovación de contraseñas y la renovación de la e.firma.

Si por algún motivo no pudieras hacer el trámite en línea, tendrías que acudir directamente a una oficina del SAT. Sin embargo, este proceso es sencillo y rápido, ya que con el fin de agilizar la obtención de la Constancia de Situación Fiscal, el SAT está brindando atención a las personas físicas que requieran hacer este trámite de manera presencial sin la necesidad de una cita previa, para ello es necesario acudir con una identificación oficial vigente.

¿Qué pasa si mi domicilio fiscal no está actualizado? Es probable que al momento de obtener tu Constancia de Situación Fiscal te des cuenta de que el domicilio fiscal no coincide con tu domicilio actual, ya sea porque tenías un domicilio particular diferente o porque aparece el de alguno de tus patrones anteriores.

Es importante que estés enterado de que si entregas a tu empresa un domicilio fiscal que no esté actualizado, esto no podría detener la emisión del CFDI de nómina, y tu empleador no puede retener o condicionar el pago de tu salario. Las empresas no pueden obligar a sus trabajadores a entregar la Constancia de Situación Fiscal.

  • Sin embargo, con el SAT sí tienes la obligación inmediata de realizar la actualización de domicilio, ya que cuentas con un plazo de 10 días para realizar el aviso de cambio de domicilio.
  • En el caso de no hacerlo, el SAT podría imponer una multa al trabajador o contribuyente que va desde 3,870 hasta 11,600 pesos mexicanos, según lo dispuesto en el artículo 81 del CFF que establece que en caso de no notificarle al SAT el cambio de domicilio fiscal se aplicarán sanciones.

Puedes hacer el cambio de tu domicilio fiscal en línea, directamente en el portal del SAT, o acudiendo a alguna de sus oficinas, con previa cita, Para hacer el trámite en línea debes considerar que solo puedes hacerlo, siempre y cuando cuentes con tu e.firma, un buen historial de cumplimiento en tus obligaciones fiscales y tener un estado de domicilio distinto a No Localizado.

En caso de no cumplir con los requisitos mencionados, el trámite que realices en línea quedará clasificado como Precaptura, y para concluirlo deberás acudir con previa cita a las oficinas del SAT, llevando los requisitos establecidos en su portal: https://www.sat.gob.mx/tramites/30357/realiza-tu-cambio-de-domicilio-en-el-rfc,

Si deseas más información sobre este tema y el paso a paso para estos y otros trámites con el SAT, puedes descargar nuestra guía, dando clic en el botón de abajo: ¿Estás buscando empleo? Encuentra un trabajo que te apasione con la ayuda de nuestro reclutador Kelly Bot En Kelly te conectamos con el mundo del trabajo Continuar leyendo: Así funcionará el Reparto de Utilidades en 2022

¿Qué pasa si no me doy de baja en el SAT?

Conoce las consecuencias del incumplimiento de las personas físicas con Servicios Profesionales (honorarios) – Verifica tu guía de obligaciones El incumplimiento genera consecuencias

Si omitiste hacer los pagos mensuales de los impuestos en el plazo establecido por las disposiciones fiscales, deberás pagar recargos y actualizaciones siempre que la obligación se cumpla de manera espontánea.

No presentar las declaraciones, solicitudes o avisos que exijan las disposiciones fiscales o presentarlos a requerimiento de la autoridad.

No cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales o cumplirlos fuera de los plazos señalados.

¿Qué significa no tener obligaciones fiscales?

¿Existe un régimen sin obligaciones fiscales? – En México, todos los mayores de 18 años tienen la obligación de estar dados de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes, Sin embargo, esto no los obliga a pagar impuestos. El régimen de personas físicas sin obligaciones fiscales está hecho para aquellas personas que, a pesar de estar inscritas en el RFC, no realizan operaciones financieras y no desempeñan alguna actividad económica.

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