Como Hacer La Transferencia De Una Moto Sin El Titular?

Para hacer la transferencia de un auto sin el titular podrás presentarte ante el registro del automotor registro del automotor La Dirección Nacional de Registro del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) es un organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya misión es regular todo lo concerniente a la inscripción de la propiedad de los automotores, sus trámites posteriores y a los créditos prendarios.

Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del

donde se encuentre radicado el auto y realizar una denuncia de compra o posesión.
Qué documentación se necesita para transferir una moto – Los documentos que se necesitan para comprar una moto usada son los siguientes:

Contrato de compraventa de la moto (deben figurar nombre y DNI de las partes, datos del vehículo, precio de venta y fecha de la operación) Permiso de circulación (original y fotocopia) DNI de comprador y vendedor (original y fotocopia) Tarjeta de la ITV en vigor Ficha técnica de la moto Justificante del pago de Impuesto de vehículos de tracción mecánica del año corriente. Declaración de que la moto no tiene cargas ni gravámenes de anteriores propietarios. Declaración del vendedor de que la moto no tiene averías ni caídas.

Esta documentación no solo sirve para hacer los trámites necesarios, también para proteger legalmente tanto al comprador como al vendedor. El cambio de titularidad se realiza en el Registro de la Dirección General de Tráfico. Como norma general, el comprador es el encargado de hacerse cargo de los trámites y abonar todas las tasas.

¿Quién paga el cambio de nombre de una moto?

¿Quién paga la transferencia de un vehículo vehículo usado? ¿Te gustó el artículo? Compartilo con tus amigos Para realizar la transferencia de un vehículo que está por comprar hay dos trámites a tener en cuenta, los que debe realizar el vendedor y los que realiza el comprador. Como Hacer La Transferencia De Una Moto Sin El Titular En cuanto a las obligaciones del vendedor se encuentra el pago y la certificación del formulario 08 que se realiza en el registro, o mediante escribano público, por otro lado, si el vehículo tiene deuda de infracciones o patentes, deben ser abonadas por el vendedor antes de realizar la transferencia.

  1. Si este es el caso lo que aconsejamos es descontar este monto del monto total del vehículo y que el comprador realice el pago de las mismas, de esa manera se asegurará de que la deuda ha sido saldada.
  2. Por último, si el vehículo lo requiere el vendedor tiene que tener al día la VTV y el grabado de autopartes.

Si no las posee, él debe realizar el trámite. En cuanto a los costos que debe abonar el comprador se encuentra la transferencia en sí excluyendo el formulario 08 que ya fue abonado por el vendedor. Por otro lado si usted para asegurarse del buen estado de la documentación del vehículo previo a señarlo, también deberá abonarlo el comprador y no se lo descontaran en el registro a la hora de realizar la transferencia.

¿Cuánto tiempo tengo para hacer la transferencia de una moto?

artículos ❯ Trámites Cuando vendes un auto, una moto, tenes que informar el cambio de titular. Qué se necesita y cómo hacer el trámite de transferencia del automotor. Cuando vendes un auto, una moto, una máquina agrícola, etc, tenes que hacer la transferencia de la titularidad del vehículo. En este trámite participan el vendedor y el comprador del automotor. Se hace por escritura pública en el Registro del Automotor y dentro de los 30 días de realizada la operación de compra-venta.

Se recomienda solicitar un informe de dominio de automotor, para conocer de acuerdo a la información que tienen el registro donde está el auto, si tiene embargo, prenda, denuncia por robo, etc. Si bien este trámite no es obligatorio, es aconsejable realizarlo para evitar posibles estafas. Lo pueden hacer tanto el vendedor como el comprador (mayor de 18 años, con DNI y formulario 02).

El trámite tiene un costo y se puede hacer on line o personalmente. Si sos el comprador del auto, te conviene pedirle al vendedor un Certificado de Dominio, el cual hace que por 15 días hábiles el auto no puede recibir embargos y te da mayor tranquilidad a la hora de hacer los trámites de transferencia.

¿Cuánto tiempo tengo para hacer el cambio de nombre de una moto?

Acceso al servicio – (*) Se consideran casos excepcionales: Transferencias de cualquier tipo de vehículo donde intervenga un compraventa o un comprador o vendedor con tutela, fallecimiento del titular, separación o divorcio, donaciones de vehículos, de vehículos históricos, de vehículos con más de un titular (cotitulares), vehículos adquiridos en subasta.

  • Antes de realizar el trámite del cambio de titularidad, conviene que tengas en cuenta las recomendaciones que te hacemos como comprador del vehículo, para hacerlo de una manera fácil y evitando cualquier tipo problemas y confusiones.
  • Para que un vehículo pueda ser transferido debe estar en situación de alta administrativa y cumplir el resto de requisitos indicados en el apartado de ‘Requisitos previos’.
  • El contrato de compraventa del vehículo debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen) y el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del vendedor. Es conveniente que en el contrato se incluya la hora exacta en que se entrega el vehículo.
  • Antes de realizar el cambio de titularidad debes justificar el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620 o modelo 621 según corresponda) en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal. En casi todas las Comunidades Autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática.

¿Quién tiene que firmar el 08?

  • El escribano: la garantía de una transferencia segura y transparente.
  • Transferencia de automotores
  • El escribano interviene para certificar que todos los datos del vendedor sean verdaderos y que, con su firma, está transfiriendo su vehículo a la persona que lo adquiere.

Adquirir o vender un auto es una operación común. Sin embargo, exige tomar decisiones que, a menudo, ponen en juego nuestros ahorros. La misión del escribano, al certificar la firma del vendedor, es garantizar que la transferencia se realice con total seguridad, preservando los intereses del comprador.

  1. Al comprar un auto usado es conveniente contar con la siguiente documentación:
  2. • Título de Propiedad del automotor.
  3. • Cédula Verde.
  4. • Libre deuda de Patentes pagas (últimos 5 años en la Ciudad de Buenos Aires y 8 años en la Provincia de Buenos Aires).
  5. • Libre deuda de infracciones de tránsito: en la Ciudad de Buenos Aires se solicita en el Registro de la Propiedad Automotor en el que se realice la Transferencia.

• Original y fotocopia de la constancia de pago del Impuesto para el Fondo Educativo Docente (Ley 25.053), del año 1999. • Formulario 02: informe de Dominio, otorgado por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, comprobante de identidad del titular del automóvil, en el que figura si los números de control del Título y la Cédula Verde coinciden con los exhibidos por el vendedor.

  • • Formulario 12: comprobante de Verificación Física, realizado en la planta policial correspondiente, que se practica a todos los autos del país que hayan sido inscriptos a partir del 1º de enero de 1985.
  • Si me traslado a otra jurisdicción, ¿qué debo hacer?
  • ¿En qué consiste la denuncia de venta?
  • Por ello, una vez efectuada la entrega del automotor al comprador y sea cual fuere el tiempo transcurrido desde ese hecho, el vendedor titular registral podrá comunicar esa circunstancia al Registro Seccional donde aquél estuviese radicado.
  • Peticionario: titular registral.
  • Documentación a presentar:
  • 1 – Solicitud Tipo “11” – Denuncia de Venta

Concurrir al Registro de Propiedad del Automotor donde se encuentre el legajo de su vehículo y solicitar cambio de radicación del automotor, (Formulario 04). El Registro Nacional de Propiedad del Automotor le entregará el certificado de libre deuda y también la baja municipal del vehículo.

El artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor dispone: “Hasta tanto se inscriba la transferencia el transmitente será civilmente responsable por los daños y perjuicios que se produzcan con el automotor en su carácter de dueño de la cosa. No obstante, si con anterioridad al hecho que motive su responsabilidad el transmitente hubiere comunicado al registro que hizo tradición del automotor, se reputará que el adquirente o quienes de éste último hubiesen recibido el uso, la tenencia o la posesión de aquel, revisten con relación al transmitente el carácter de terceros por quien él no debe responder y que el automotor fue usado contra su voluntad.”.

See also:  Como Recuperar Una Transferencia Caducada De Wetransfer?

La comunicación deberá contener: a) Número de dominio del automotor. b) Nombre, apellido, número y tipo de documento de identidad del vendedor titular registral. c) Nombre y apellido del comprador. Su omisión no impedirá la toma de razón del trámite. d) Lugar y fecha en que se efectuó la entrega del automotor.

¿Qué pasa si una moto solo tiene tarjeta de propiedad?

Fecha de publicación: febrero 28, 2019 Visitas: 23k Publicado por: Daniela Upegui Como Hacer La Transferencia De Una Moto Sin El Titular Un buen motero reconoce la importancia de la tarjeta de propiedad de su moto, ya que es el único documento válido ante el código nacional de tránsito que identifica al vehículo y su propietario. La tarjeta de propiedad de una moto un documento que nunca te puede faltar a la hora de salir a rodar, dicho documento es emitido por el Ministerio de Transporte donde se reconoce a un ciudadano como uno dueño de la moto ante cualquier entidad tanto nacional como internacional.

En la tarjeta de propiedad reposa información puntual de la moto como lo es: marca, placa, línea, modelo, cilindrada, color, tipo de carrocería, capacidad, número de chasis y de motor. Debes tener presente que en caso de presentar alguna irregularidad en la información que reposa en la tarjeta de propiedad con las condiciones actuales de la moto, deberás reportarlo para evitar ser sancionado por las entidades de tránsito de acuerdo a la normatividad vigente, además entendiendo que dicha información es la que está registrada en el RUNT.

De igual manera dada su importancia si en algún momento llegas a perder la tarjeta de propiedad de tu moto o esta te es robada, puedes solicitar un duplicado ante la secretaria de tránsito, teniendo claro que la propietario de la moto deberá de estar previamente inscrito en el RUNT y deberá llenar el formularios de solicitud del trámite junto con el denuncio realizado ante la policía nacional.

Así mismo para que el duplicado se expida deberá de estar a paz y salgo de todo tipo de multas e infracciones, poseer el SOAT y la Revisión Técnico Mecánica vigente y el pago del concepto del trámite. Es importante que tengas presente que si no portas la tarjeta de propiedad de tu moto, la entidades de tránsito te pueden imputar una multa e incluso inmovilizarte el vehículo.

Igualmente es importante que prestes mucha atención al momento que desees vender tu moto, ya que si no notificas el traspaso ante el organismo de tránsito donde se encuentra matriculada la moto, continuarías como el propietario y responsable de todo lo que ocurra con el vehículo.

¿Qué pasa si compro una moto con carta factura?

¿Por qué es importante tener la Carta Factura de mi coche? – La Carta Factura, al igual que la factura vehicular, son documentos que funcionan como garantía cuando compras un vehículo, ya sea nuevo o usado, pues demuestra que el propietario anterior te cedió los derechos del bien y, por tanto, la autoridad correspondiente puede verificar la procedencia lícita del mismo,

  • Te protege contra el delito de encubrimiento por receptación, el cual puede acabar contigo en prisión por entre uno y tres años. Además, si eres acusado y sentenciado por cometer de este delito, tendrás que pagar una multa que asciende a tres veces el costo del carro.
  • Te permite dedicarte al negocio de la compraventa de autos de manera oficial.
  • Sirve para la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil, las cuales son obligatorias para todo tipo de vehículos destinados a transitar por la vía pública.
  • Podrás realizar todos los trámites vehiculares obligatorios sin problema, ya que es un documento que se exige para hacer algunas diligencias, tal como te contamos anteriormente.

Por esto y más, no te olvides de solicitar este documento cuando compres tu auto nuevo, así te estarás evitando grandes dolores de cabeza a futuro y podrás circular tranquilamente por la vía pública, sin temor a encontrarte con un policía del Tránsito que te pida los documentos que son obligatorios para todos los conductores en el país. ¿Comprarás un carro usado? ¿Comprarás un carro usado? Consulta su historial de placas actualizado en el Informe Autofact

¿Qué pasa si un vehículo no está a mi nombre?

Si pagué por un auto pero está a nombre de otra persona, ¿tengo derecho sobre este? Algunas personas en ocasiones no tienen el dinero para comprar un auto por su cuenta. En este caso, puedes comprar un auto para alguien como regalo. Cuando haces esto, debes tener cuidado con el nombre que permanece en el título de propiedad del vehículo.

¿Qué pasa si el comprador no hace el cambio de nombre?

Si el comprador no realiza el cambio de titularidad en el periodo establecido, no podrá circular con el vehículo e incluso se le sancionará si el vendedor ha notificado la venta en la jefatura de tráfico.

¿Cómo pasar un vehículo a nombre de otra persona?

Por internet, realizando la solicitud de la transferencia en el registro de la DGT, a través del icono ‘Cambio de titularidad – Presentación general’. El trámite debe realizarlo el comprador o su representante. En el momento de presentar la solicitud te facilitaremos un justificante.

¿Cuánto se tarda en hacer un traspaso?

Tenga en cuenta Con esta solicitud usted accederá al trámite traspaso / carro, maquinaria y no automotores, en 2,64 días hábiles.

¿Qué es el 08 de la moto?

El formulario 08, requisito indispensable para hacer la transferencia por la compraventa de autos y motos, se puede tramitar por Internet. En linea Presencial documentación ciudadana tránsito y transporte La carga en línea se puede realizar de dos maneras:

  • El vendedor y el comprador la realizan al mismo tiempo,
  • El vendedor y el comprador la efectúan en momentos distintos,

¿Qué validez tiene el 08 firmado?

Digesto de Normas Tecnico Registrales SECCION 1ª EXPEDICION Y VALIDEZ Artículo 1º.- Las peticiones de anotaciones e inscripciones y en general los trámites que se realicen ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, se efectuarán mediante el uso de las Solicitudes Tipo que para cada caso establezca la Dirección Nacional.

Artículo 2º.- Las Solicitudes Tipo serán entregadas gratuitamente por los Registros, siempre que se reúnan los siguientes requisitos: a) Que el Registro ante el cual el peticionario se presente sea el de radicación del automotor -o donde deba presentarse el trámite cuando éste no se refiera a dominio determinado (v.gr.

inhibiciones)- y el trámite sea efectivamente presentado ante él en ese acto, o el de la futura radicación del automotor, sólo en el supuesto de peticionarse también en ese acto ante ese Registro el cambio de radicación o el cambio de radicación en forma simultánea con otros trámites.

b) Que el peticionario suscriba la Solicitud Tipo en ese acto en presencia del Encargado, quien procederá a su certificación. Cuando se tratare de la inscripción de contratos o de peticiones para los que se requiere del concurso de dos partes contratantes, éstas deberán suscribir en el mismo acto la Solicitud Tipo en presencia del Encargado, quien procederá a su certificación.

Artículo 3º.- Los Registros también entregarán gratuitamente las Solicitudes Tipo, aun cuando no se cumpla con la totalidad de los requisitos previstos en el artículo anterior, en los casos que se indican en el artículo siguiente. Artículo 4º.- Se entregarán gratuitamente las solicitudes que deban acompañarse como minuta en los siguientes trámites y para los cuales se utilizará la Solicitud Tipo “02”- Especial, la que será de libre impresión por parte de los Encargados de Registro, no siendo para ellos necesario el uso de las Solicitudes Tipo “02” que adquieren al Ente Cooperador.

  • 1) Anotación de embargos, litis, medidas de no innovar y otras medidas judiciales relacionadas con automotores.
  • 2) Levantamiento de embargos, litis, medidas de no innovar y otras medidas judiciales relacionadas con automotores.
  • 3) Anotación de inhibiciones, afectaciones y otras medidas judiciales de tipo personal.
  • 4) Levantamiento de inhibiciones, afectaciones y otras medidas judiciales de tipo personal.
  • 5) Los pedidos de informe ordenados en juicio requeridos por medio de oficios firmados por autoridad judicial o por el letrado patrocinante y
  • 6) Los que tuvieren por único objeto acreditar el haber del juicio sucesorio.
  • 7) Los pedidos de informe a que se refiere el Capítulo III, Sección 1ª, artículo 4º, inciso c) de este Título.
  • La entrega gratuita prevista en este artículo, sólo operará cuando el peticionario requiera la Solicitud Tipo en el Registro de la radicación del automotor, o donde deba presentarse el trámite, cuando éste no se refiera a un dominio determinado.
See also:  Cuando Haces Una Transferencia Sale Tu Nombre?

Artículo 5º.- En los supuestos previstos en el artículo 2º de esta Sección, en que el Registro debe entregar una Solicitud Tipo en forma gratuita, y se presentare una adquirida previamente por el usuario, éste podrá peticionar la reposición de dicha Solicitud Tipo, siempre que la totalidad de las partes intervinientes concurriesen en un mismo acto a certificar sus firmas ante el Registro competente.

  1. La petición de reposición no requerirá de otra formalidad que su solicitud verbal, y deberá entregarse en el mismo momento de materializarse la aludida certificación de firmas.
  2. Artículo 6º.
  3. En ningún caso los Registros Seccionales entregarán las Solicitudes Tipo “01” para peticionar inscripciones iniciales.

Artículo 7º.- La entrega de las Solicitudes Tipo “12”, los Formularios “57”, “59”, “59M” y los relacionados con los trámites referidos a Rentas no se efectuará en forma gratuita.

  1. Artículo 8º.- Las Solicitudes Tipo deberán ser firmadas por el o los peticionarios, no obstante lo cual podrá ser admitida en ellas la firma a ruego, en los casos de las personas que no saben o no pueden firmar, siempre que el certificante:
  2. a) haga constar el motivo de la imposibilidad;
  3. b) acredite debidamente la identidad de la o de las partes;
  4. c) proceda a explicar debidamente al peticionario el contenido del trámite antes de que se estampe la firma a ruego, de lo cual también dejará constancia;
  5. d) tome además la impresión digital del peticionario, haciendo constar que fue puesta en su presencia y en el mismo acto.

Artículo 9º.- A los efectos previstos en el artículo 13 del Régimen Jurídico del Automotor se considera como fecha de expedición de las Solicitudes Tipo la de la certificación de la firma en ellas estampada. En caso de existir más de una firma se considerará fecha de expedición la de la certificación de la primera de ellas.

  1. En consecuencia, a partir de esa fecha y dentro de los NOVENTA (90) días hábiles siguientes, los interesados deberán presentar la Solicitud Tipo ante el Registro respectivo, conforme a las normas vigentes.
  2. Vencido ese plazo la Solicitud Tipo perderá su eficacia, excepto cuando instrumentare el otorgamiento de derechos, en cuyo caso una vez vencidos los NOVENTA (90) días hábiles administrativos, se abonará un recargo progresivo por mora de acuerdo al arancel vigente.

Se entiende que una Solicitud Tipo instrumenta derechos, cuando una parte requiere necesariamente de la participación de la otra para poder reproducir el documento. Ejemplo : Una Solicitud Tipo “08” firmada únicamente por el vendedor, en poder del comprador, instrumenta derechos y por lo tanto no caduca.

  • Esto es así porque el comprador por sí solo no puede reproducir esa Solicitud Tipo “08”, para ello necesita de la participación del vendedor.
  • La Solicitud Tipo “08” firmada exclusivamente por el vendedor, instrumenta a favor de su tenedor una oferta de venta, que constituye para este último un derecho, consistente en aceptar o rechazar esa oferta.

Si la acepta, queda formalizado el contrato privado, y bastará su inscripción en el Registro para transferir el dominio a su nombre. Lo mismo sucedería con una Solicitud Tipo “08” firmada sólo por el comprador en poder del vendedor, o de una prenda suscripta únicamente por el deudor en poder del acreedor.

Las Solicitudes Tipo antes aludidas, no caducan a los NOVENTA (90) días, sino que al vencimiento de ese plazo tributan el recargo por mora. Por el contrario, y a modo de ejemplo, se señala que caducan a los NOVENTA (90) días: el pedido de cambio de radicación, el pedido de duplicado de Cédula y de Título, el pedido de alta o baja de motor, etc.

En todos estos casos, el interesado en el trámite puede, por sí solo y sin concurso de nadie, reproducir el documento caduco simplemente firmando otro del mismo tenor. En los casos de firmas que no requieren de certificación se considerará como fecha de expedición de la respectiva Solicitud Tipo la de la fecha de su firma, cuando este dato fuere uno de los requisitos a cumplimentar en ella.

Artículo 10.- No se dará curso a trámites donde en la Solicitud Tipo se hayan enmendado la totalidad del prenombre y apellido de alguna de las partes o la totalidad de la identificación del dominio, aunque sea en uno solo de los lugares donde éste deba figurar, aún en los casos en que las enmiendas estuvieran salvadas.

Las restantes enmiendas o raspaduras deberán estar debidamente salvadas por el o los interesados (según el dato a salvar) o el perito verificador en el caso de verificaciones y nuevamente firmadas en el lugar reservado a “OBSERVACIONES”. Aclárase que no constituye enmienda, ni debe considerarse como tal el llenado de una Solicitud Tipo por parte de distintas personas (por ejemplo: una parte el Encargado titular y otra el suplente) o con distinto tipo de letra (mientras se haga a máquina o en imprenta) o de tinta (mientras ésta sea negra o azul), razón por la que esas solas circunstancias no requieren salvado alguno.

Artículo 11.- Los Registros Seccionales deberán llevar un Libro especial de carácter digital en el cual registrarán en forma diaria las Solicitudes Tipo entregadas. El Libro digital de Solicitudes Tipo se encontrará disponible en el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA). La Dirección de Fiscalización y Control de Gestión podrá acceder directamente a la información contenida en el citado Libro, a los fines de su supervisión.

Artículo 12.- Derogado D.N. Nº 756/02. Anexos (Capítulo I – Sección 1ª)

Anexo I (DEROGADO – Disposición DN 457/16 )

table>

Digesto de Normas Tecnico Registrales

¿Qué pasa si no realizó el cambio de titularidad en el plazo de 30 días?

Impago de la transferencia de compra de un vehículo de segunda mano 08 Octubre 2013

Compré un coche de segunda mano en un concesionario y se obligó a hacer la transferencia, sin embargo ha pasado el tiempo y aún no la he realizado, ¿qué derechos tengo? En primer lugar se debe indicar que, realmente, la obligación de realizar la transferencia del vehículo viene fijada por Ley, atribuyéndosela al comprador, y, así, se establece que, el adquirente, una vez consumada la venta del vehículo, deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico de la Provincia de su domicilio legal o de aquélla en que se matriculó el vehículo, la inscripción del mismo a su nombre y la consecuente renovación del permiso o licencia de circulación.Dicha solicitud deberá realizarse dentro del plazo de 30 días desde la adquisición, para lo que se deberá facilitar la identidad y domicilio, tanto, del adquirente, como, del transmitente, así como el título por el que se produce la transmisión, es decir, normalmente, el contrato, que, precisamente, es el que marca la fecha desde la que empieza a contar el plazo establecido. En este sentido hay que tener en cuenta que, la legislación aplicable, establece un supuesto especial para las entidades dedicadas a la compraventa de vehículos, en el cual el titular anterior que entregue su vehículo debe solicitar la baja temporal ante la Jefatura Provincial de Tráfico, por lo que, en ese caso, el vehículo no podría circular hasta que disponga del nuevo permiso o licencia de circulación a nombre del nuevo propietario.No obstante, es práctica habitual, de muchas entidades dedicadas a la compraventa de vehículos, hacer la transferencia, directamente, del anterior titular al nuevo propietario, en cuyo caso, el obligado a realizar la transferencia a la Jefatura Provincial sigue siendo el propio adquirente, contando con el mismo plazo de 30 días, pero, en ese caso el vehículo sí puede circular puesto que goza del permiso a nombre del anterior titular. En cualquiera de los casos, si la transferencia no fuese realizada por el nuevo adquirente, en el plazo de los 30 días establecido al efecto, se estaría cometiendo una infracción que sería catalogada de leve, por lo que el obligado a realizarla podría ser sancionado con multa de hasta 100 euros.En este sentido, teniendo en cuenta lo indicado con anterioridad, si el vehículo estuviese de baja temporal por venta, y, fuese denunciado mientras circulaba, sin tener el nuevo permiso de circulación, el conductor, podría ser sancionado con multa de 500 €. Referencia Legal

See also:  Cuantos DAs DespuéS De La Transferencia Puedo Saber Si Estoy Embarazada?

Artículo 33, punto 3º del RD 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. Artículo 65 y 67, del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti. : Impago de la transferencia de compra de un vehículo de segunda mano

¿Qué documentos debe tener un auto nuevo en Bolivia?

Cuando no se hace el cambio o el pago del impuesto a la transferencia pueden presentarse problemas como deudas tributarias, anotaciones preventivas y otros. Como Hacer La Transferencia De Una Moto Sin El Titular Leny Chuquimia /Página Siete Cuentas congeladas por deudas tributarias de un vehículo que vendió hace muchos años; notificaciones por accidentes de tránsito de un coche que ya no está en su poder; o la anotación preventiva de su motorizado en un problema legal de un antiguo dueño; son algunos problemas que puede acarrear una compra venta de automotores, en la que no se concluyó con la transferencia del derecho propietario o cambio de nombre.

  • El origen, según el abogado Eleazar Peña, experto en temas tributarios, está en la informalidad con la que se hace la venta de motorizados, ya sea por desconocimiento de la norma o porque se busca eludir el Impuesto Municipal a las Transferencias (IMT).
  • El más perjudicado en la mayoría de los casos es el vendedor.

“Este problema se genera por la informalidad y la evasión del IMT. Además, el Código Civil permite la venta con poder y muchas personas usan este documento. El comprador puede volver a vender el vehículo con otro poder, pero el motorizado seguirá a nombre del propietario original, que se mantiene como el titular -en caso de que no se paguen los impuestos- de deudas que crecen silenciosamente, hasta que uno es notificado o sus cuentas ya están congeladas”, manifestó el jurista.

Verifique la documentación

El primer paso es verificar que el vehículo que desea comprar o vender tiene todos los documentos al día y que el derecho propietario le corresponda a quien lo oferta. Así le será más fácil realizar los trámites en las diferentes instancias y hasta evitar una estafa.

Para esto, todo vehículo debe contar con: Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo Automotor (CRPVA) conocido como RUAT-03, resolución de transferencia del vehículo emitido por la Dirección Nacional Tránsito (a nombre del propietario actual) y la póliza de importación y Formulario de Registro del Vehículo – FRV (ambos emitidos por Aduana Boliviana ).

En caso de que el vendedor no sea el propietario debe portar un poder –vigente- que lo faculte para vender el vehículo y realizar los trámites. Puede comprobar deudas tributarias, gravámenes y otros datos básicos del vehículo con el número de placa, en el portal web del Registro Único para la Administración Tributaria ( RUAT ),

Realice la minuta de compra-venta

Una vez que decida hacer la transferencia debe acudir a un abogado. Este realizará una minuta de compra-venta, que se constituirá en el primer documento -de carácter privado- que da fe del acuerdo. El documento debe detallar el precio, los nombres de ambas partes y los detalles del motorizado.

Ir a Tránsito para el visado

Con la minuta y los documentos del vehículo debe dirigirse a las oficinas de Tránsito para el visado de la minuta, que indicará si el vehículo es transferible o no. En esta entidad piden los siguientes requisitos : informe técnico de transferencia (70 bolivianos), gabinete fotográfico (10 bolivianos), cédula de identidad del vendedor y comprador, póliza de importación, CRPVA (RUAT-03), resolución de Tránsito (a nombre del vendedor).

Pasar a Diprove

Al tener la minuta visada se debe pasar a la Dirección Nacional de Prevención e Investigación de Robo de Vehículos (Diprove), para que esta entidad haga un informe técnico del vehículo. Mediante un proceso químico los funcionarios policiales verificarán los datos y códigos del motor y el chasis.

En esta institución, según el portal, se requerirá presentar un folder con: el CRPVA (RUAT-03), la póliza de importación del vehículo y el FRV, cédulas de identidad (comprador y vendedor), boleta de depósito de 70 bolivianos en las cuentas habilitadas para cada departamento, todas en original y fotocopia.

Con todo ello se debe acordar un día para inspección física del motorizado en cada dirección departamental de Diprove.

Rumbo a la Alcaldía

Una vez visada la minuta y con el sello de transferible, debe acudir a las oficinas de la Alcaldía en la que radica o radicará el motorizado, de radicar en un municipio distinto, previo a la minuta, se debe realizar el cambio de radicatoria, Si bien cada gobierno municipal tiene sus particularidades, los requisitos para la transferencia onerosa son comunes.

Por ejemplo en el municipio de La Paz se pide el CRPVA (RUAT-03), minuta de transferencia visada, cédulas de identidad (vendedor y comprador) y que el vehículo no tenga adeudos tributarios, gravámenes ni trámites pendientes. Todo en original y fotocopia. En caso de tratarse de una persona jurídica, además, se debe presentar fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal del vendedor y comprador, según corresponda).

La fotocopia del certificado de inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) es solo para los obligados a presentar estados financieros según D.S.24051, En caso de ser apoderado, se solicita el poder notarial especificando las facultades correspondientes para el trámite, cédula de identidad vigente del apoderado, impuestos pagados al día.

Pague el IMT

Tras la revisión de los documentos se instruirá el pago del IMT, impuesto que grava la compra-venta de un bien inmueble o un vehículo. Este equivale al 3% de la base imponible determinada, que proviene del valor mayor entre el monto establecido en la minuta de transferencia y el monto registrado en el último pago de impuestos.

De acuerdo con el Artículo 5 del Decreto Supremo N° 24054, que reglamenta la Ley 843 —norma tributaria nacional— quien debe pagar el valor del impuesto es el vendedor del bien. “El sujeto pasivo de este impuesto es la persona natural o jurídica a cuyo nombre se encuentre registrado el bien sujeto a la transferencia”, señala la norma.

“El ciudadano desconoce este punto porque se ha hecho costumbre que sea el comprador el que pague este impuesto. Pero la ley nos dice que el que vende debe tributar”, manifestó Peña. Debe tomar en cuenta que el Artículo 8 del Decreto Supremo 24054 señala que el IMT debe ser pagado en 10 días, a partir de la suscripción de la minuta.

Protocolice la compra-venta

Con el pago del IMT y los anteriores requisitos debe apersonarse a un Notaría para protocolizar la transferencia del vehículo. El Testimonio cuesta, de acuerdo a la tabla de aranceles de la Dirección del Notariado Plurinacional (Dirnoplu), 180 bolivianos.

Retorne a Tránsito

Con el Testimonio se debe retornar a Tránsito para que se pueda realizar una nueva Resolución de Transferencia de vehículo, pero esta vez a nombre del comprador. Será necesario llevar dos fotos a colores del comprador, con fondo rojo, de tres centímetros por tres. Este documento se debe sumar a todo lo anterior.

Cierre el trámite en la Alcaldía

Una vez concluido su trámite en Tránsito, debe volver a las instalaciones municipales con los siguientes documentos: original o fotocopia legalizada del Testimonio protocolizado de compra y venta, además del original y fotocopia de la nueva Resolución de Transferencia, del CRPVA (RUAT-03) y de la cédula de identidad del comprador.

Adblock
detector